Desde el 28 de junio de 2025, la accesibilidad digital ha dejado de ser una buena práctica para convertirse en una obligación. Muchas empresas siguen sin saber si les alcanza.
La confusión es comprensible. El texto es europeo, cada país lo ha transpuesto a su propio derecho, y la mayor parte de lo que se escribe sobre accesibilidad se dirige al sector público. Pero la obligación llega también a las empresas privadas. Así se averigua, en tres preguntas.
El marco, en una frase
El European Accessibility Act es la directiva (UE) 2019/882. Se aplica desde el 28 de junio de 2025 y en España se transpuso mediante la Ley 11/2023, de 8 de mayo.
Pregunta 1: ¿está dentro del ámbito?
El texto nombra sectores concretos. El comercio electrónico es uno de ellos, lo que cubre buena parte de los sitios que venden a consumidores. También los servicios bancarios, el billetaje de transporte, las telecomunicaciones y los medios audiovisuales.
Si vende en línea a particulares, dé por hecho que está dentro y pase a la siguiente pregunta.
Pregunta 2: ¿es una microempresa según el texto?
Aquí se decide, y aquí se producen los errores. La exención exige las dos condiciones a la vez: menos de 10 empleados y una facturación anual o un balance total igual o inferior a 2 millones de euros.
Una sola no basta. Una empresa de seis personas que factura 3 millones no está exenta. Una de catorce personas que factura 900 000 tampoco.
Segunda trampa: la exención cubre solo los servicios. Si pone productos en el mercado de la UE, no le protege respecto de esos productos.
Tercera trampa, la más cara para una empresa que crece: no hay periodo de gracia. El día que supera el umbral, la obligación se aplica. No se prevé ninguna ventana de transición.
Pregunta 3: ¿qué hay que hacer en concreto?
La norma aplicable es EN 301 549, que para la web remite a WCAG 2.1 nivel AA. Es una lista de criterios comprobables y no una intención: contraste suficiente, navegación posible solo con teclado, alternativas textuales en las imágenes con significado, estructura de encabezados coherente, campos de formulario etiquetados, subtítulos en los vídeos.
La consecuencia práctica es útil. Como los criterios son comprobables, el trabajo se puede medir, acotar y presupuestar. No compra una promesa, cierra una lista.
Por qué un plazo ya vencido no es una buena noticia
Las empresas suelen leer un plazo vencido como señal de que no ha pasado nada. La lectura prudente es la contraria: el periodo transitorio ha terminado, de modo que estamos en la fase de aplicación y no antes de ella.
Al margen de eso, queda el argumento comercial. Un proceso de compra inaccesible excluye a clientes que habrían comprado. El trabajo de accesibilidad se solapa en gran medida con lo que beneficia a todos: estructura más clara, recorridos de teclado más rápidos, contraste legible, formularios bien etiquetados.
Por dónde empezar
Por una medición, no por un presupuesto. Nuestra herramienta de auditoría gratuita comprueba varios puntos relacionados con la accesibilidad de su página, entre ellos las alternativas textuales de las imágenes y el idioma declarado, sin registro ni dirección de correo.
No es una auditoría de accesibilidad completa y no la presentaremos como tal. Es un punto de partida factual que le dice si el asunto está abierto o tranquilo. Si quiere ir más lejos, describa su situación y le respondemos por escrito.



